Medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
El pasado sábado 11 de julio de 2015 fue publicado en el BOE el Real Decreto 9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico.
Debemos destacar en dicho Real Decreto dos modificaciones importantes en cuando al Impuesto de la Renta de las Personas Físicas:
1.- REBAJA TIPOS IMPOSITIVOS IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Se ha aprobado una nueva escala general estatal y del ahorro aplicables a partir de 1 de enero de 2015, anticipando la rebaja que estaba prevista entrara en vigor el 1 de enero de 2016.
2.- REBAJA TIPOS DE RETENCIÓN
La rebaja de la escala general estatal tendrá un impacto inmediato en todas las nóminas de los trabajadores que verán reflejado en su nómina mensual del mes julio el efecto de la bajada de tipos impositivos, aunque el texto legal prevé que las entidades retrasen la aplicación de la rebaja del tipo de retención a la nómina al mes de agosto de 2015, entendemos por la dificultad que habrá para adaptar los programas de generación de nóminas a la nueva normativa.
De especial importancia para los trabajadores autónomos es la rebaja de los tipos de retención aplicable a las actividades económicas de profesionales ya que se establece un tipos de retención a partir del 12 de julio de 2015 general del 15% (hasta ahora era del 19%) y un tipo reducido de retención del 7% (hasta el 11 de julio era del 9%).
El resto de retenciones se ven modificadas en menor medida:
Haga clic sobre el siguiente enlace para descargarse la TABLA DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA DEL IRPF.